Carta de Servicios del Museo

Visita al Museo de León
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Carta de Servicios del Museo

Su finalidad es la conservación, investigación y difusión de los bienes culturales muebles en manos públicas que constituyen sus colecciones y fondos museísticos, además de la documentación y divulgación de los conocimientos de cualquier índole asociados a los mismos.

Ver texto del BOCYL publicado el 7 de mayo de 2009.

ORDEN ADM/973/2009, de 14 de abril, por la que se aprueba la Carta

de Servicios al Ciudadano del Museo de León.

El Decreto 230/2000, de 9 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios al Ciudadano en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 6.º3 que la Orden de aprobación de cada Carta de Servicios se hará pública mediante la inserción en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de un extracto del contenido de la misma. De acuerdo con lo establecido en el citado Decreto, y visto el informe favorable emitido por la Dirección General de Atención al Ciudadano y Calidad de los Servicios,

DISPONGO:

Primero.

1.- Se aprueba la Carta de Servicios al Ciudadano del Museo de León, cuyo extracto aparece como Anexo a la presente Orden.

2.– Se editará una publicación divulgativa del contenido de la Carta de Servicios al Ciudadano. Esta publicación se pondrá a disposición de los ciudadanos en el propio Museo de León así como en las Oficinas Generales y Puntos de Información y Atención al Ciudadano, y podrá distribuirse igualmente en otras dependencias administrativas o por los medios que se considere más idóneos para facilitar su conocimiento por los ciudadanos.

Segundo

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».
Valladolid, 14 de abril de 2009.
La Consejera,
Fdo.: ISABEL ALONSO SÁNCHEZ

II.– FUNCIONES Y COMPETENCIAS.

  • El Museo de León es una institución de titularidad estatal y gestión transferida a la Comunidad Autónoma de Castilla y León que depende de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León y concretamente de la Dirección General de Promoción e Instituciones Culturales.
  • El Museo de León es una institución de carácter científico y culturalcuyas funciones y competencias principales son:
    – Acrecentamiento, conservación, catalogación, investigación yexhibición de los bienes del Patrimonio Cultural mueble depositadosen él, procedentes fundamentalmente de la provincia.
    – Velar por la seguridad y correcta conservación de sus colecciones.
    – La difusión y la promoción del Patrimonio Cultural de la provincia.
    – Investigar y favorecer la investigación dentro de su ámbito temático y en torno a sus colecciones.
    – El desarrollo de una actividad divulgativa y didáctica respecto a sus contenidos y temática.
    – Organizar periódicamente exposiciones científicas y divulgativas acordes con la naturaleza del Museo.
    – La elaboración y publicación de catálogos y monografías de sus fondos y temas con ellos relacionados.
    – La cooperación y relación con otros Museos e instituciones, a escala nacional e internacional, para el cumplimiento de sus fines.
    – La colaboración y asesoramiento técnico dirigidos a otros Museos y colecciones museísticas de la provincia.
    – Cualquier otra función que en sus normas estatutarias o por disposición legal o reglamentaria se le encomiende.

III.– SERVICIOS QUE SE OFRECEN.

Los servicios del Museo de León son de carácter universal y pueden ser usuarios/beneficiarios de los mismos toda la sociedad. Sus servicios fundamentales son los siguientes:

1. Exposición permanente articulada mediante un desarrollo cronológico que permite ofrecer reflexiones paralelas y recorridos alternativos, sobre la Prehistoria, el proceso de Romanización, la Edad Media y la Edad Moderna.

2. Exposiciones temporales con contenidos diversos y relacionadas con la personalidad y funciones del Museo.

B.O.C. y L. – N.º 84 Jueves, 7 de mayo 2009 13867

ANEXO

I.– DATOS DE CARÁCTER GENERAL: IDENTIFICACIÓN Y UBICACIÓN.

3. Difusión de los contenidos básicos de las exposiciones e itinerarios de visita del Museo.

• Tríptico general.

• Información del personal del Museo.

4. Préstamo temporal de las piezas que se soliciten para participar en exposiciones, nacionales e internacionales.

5. Actividades didácticas y proyectos educativos a cargo del Departamento

de Educación y Acción Cultural (DEAC).

• Visitas Guiadas: público general, estudiantes, docentes, tercera edad, asociaciones, discapacitados, etc.

• Itinerarios Didácticos: adaptados a los contenidos curriculares de los diferentes ciclos educativos reglados.

• Talleres didácticos: diseñados para diferentes sectores de público.

• Préstamo de material didáctico: Dos maletas didácticas (Maleta General y Maleta «Moneta legionis»).

6. Programación de actividades culturales propias o en colaboración con otras entidades: ciclos de conferencias, actividades de carácter divulgativo, de formación y científicas, etc.

7. Servicio de biblioteca especializada en Patrimonio Cultural, especialmente local y territorial.

• Consulta en sala abierta a investigadores acreditados, personal docente, estudiantes y público interesado. Su uso está sometido a disponibilidad de espacio y de personal de atención. Consultar previamente con la Dirección.

• Préstamo de libros que puedan ser objeto del mismo.

8. Atención a los investigadores.

• Consulta de las colecciones.

• Realización o reproducción de fotografías de objetos del Museo.

9. Publicaciones. El Museo dispone de publicaciones y productos relacionados con los contenidos del Museo.

10. Asesoramiento a instituciones públicas en materia de conservación, restauración, catalogación y museología.

IV.– RELACIÓN DE NORMATIVA APLICABLE.

– Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español.

– Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Museos de titularidad estatal y el Sistema Español de Museos.

– Resolución de 9 de junio de 1986, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Castilla y León sobre la gestión de Museos y Archivos de Titularidad Estatal, suscrito el 5 de junio de 1986.

– Resolución de 3 de julio de 1992, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Acuerdo suscrito entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Castilla y León, modificando el anexo del Convenio de gestión de museos de titularidad estatal.

– Ley 10/1994, de 8 de julio, de Museos de Castilla y León.

– Ley 12/2002, de 11 de julio de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

– Decreto 245/1995, de 30 de noviembre, por el que se regula la aceptación de fondos a título gratuito en los museos gestionados por la Comunidad de Castilla y León.

– Decreto 13/1997, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento

de desarrollo parcial de la Ley de Museos de Castilla y León.

– Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

– Acuerdo 64/2003, de 15 de mayo, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el Plan de Actuación en Museos de Castilla y León.

V.– DERECHOS DE LOS CIUDADANOS.

1. Ser informados de los requisitos y condiciones en las que se realiza la visita, o se utilizan los servicios del Museo.

2. Ser tratados con respeto y deferencia por el personal del Museo.

3. Disponer de las condiciones de seguridad e higiene necesarias para la visita.

4. Acceder gratuitamente o con tarifa reducida cuando se cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente.

5. A presentar las sugerencias y quejas sobre el funcionamiento del Museo, a través:

• En el buzón virtual de sugerencias y quejas de la Junta de Castilla y León. www.jcyl.es.

• Llamando al teléfono 012 de información administrativa y atención al ciudadano (902 910 012 si marca desde fuera de la Comunidad).

• El Libro de Sugerencias y Quejas que está disponible en las unidades de información y atención al ciudadano (Edificio de Usos Múltiples. Avda. Peregrinos, s/n. CP 24008 – 987 296 115 – 987 296 116), rellenando la hoja correspondiente.

• Mediante escrito dirigido al órgano afectado, presentado para su registro, enviado a través de telefax a los números oficiales  establecidos o depositado en los buzones de sugerencias y quejas de las Oficinas Generales y Puntos de Información y Atención al Ciudadano.

VI.– COMPROMISOS DE CALIDAD.

De acuerdo con los servicios ofrecidos, el Museo de León determina los siguientes compromisos de calidad:

1. Facilitar al público la visita a la exposición permanente en horario ordinario informando del mismo en el propio Museo, en la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, y en los diversos medios de difusión en su caso.

2. Proporcionar a los visitantes información suficiente sobre los servicios que ofrece el Museo, sobre el contenido de la exposición permanente y sus posibles itinerarios, y sobre las colecciones (trípticos, audio-guías).

3. Enviar por correo la información relativa al Museo cuando así se solicite por el interesado.

4. Informar con antelación sobre las exposiciones temporales programadas.

5. Responder a las solicitudes de reserva y/o atención a grupos en el mismo momento de su recepción, o en el plazo máximo de 48 horas.

6. Programar anualmente e informar con antelación sobre las actividades educativas a desarrollar por el Museo.

7. Dar respuesta a todas solicitudes de colaboración de centros educativos recibidas en el Museo.

8. Programar anualmente e informar con antelación sobre las actividades culturales a desarrollar por el Museo.

9. Dar respuesta a las solicitudes de colaboración recibidas por parte de otras entidades para el desarrollo de actividades culturales.

10. Responder a las solicitudes de préstamo temporal de bienes de la colección estable del Museo en el plazo de 15 días hábiles.

11. Responder a las peticiones de consulta de fondos documentales en el plazo de 15 días hábiles.

12. Responder a las peticiones de los investigadores para acceder a los fondos museísticos en el plazo de 15 días hábiles.

13. Responder a las peticiones de consulta bibliográfica en el mismo día de su solicitud, o en el plazo máximo de 48 horas.

14. Responder a las solicitudes para la realización o reproducción de fotografías de objetos del Museo en el plazo de 15 días hábiles.

15. Proporcionar número de expediente a los titulares de permisos de intervención arqueológica en el momento de solicitud, o en el plazo de 1 día hábil.

16 Atender todas las solicitudes de asesoramiento a otras instituciones públicas.

13868 Jueves, 7 de mayo 2009 B.O.C. y L. – N.º 84

17. Contestar las quejas presentadas en un plazo no superior a 10 días hábiles.

18. Informar convenientemente de la suspensión de alguno de los servicios motivada por necesidades de funcionamiento interno del propio Museo.

VII.– INDICADORES DE CALIDAD.

A fin de poder comprobar el nivel de cumplimiento de los compromisos antes reseñados, el Museo evaluará anualmente la calidad de su servicio teniendo en cuenta los siguientes indicadores del nivel de calidad:

1. Visitantes a los que se ha proporcionado información sobre el contenido y recorrido de las exposiciones.

2. Reseñas del Museo en medios de comunicación.

3. Peticiones de visitas para grupos contestadas en plazo y porcentaje sobre el total.

4. Asistentes a las actividades culturales y educativas.

5. Visitas guiadas realizadas anualmente.

6. Solicitudes de préstamo de las maletas didácticas del Museo.

7. Informaciones facilitadas sobre la programación anual de actividades culturales del Museo.

8. Actividades culturales y educativas celebradas en el Museo.

9. Actividades culturales y educativas realizadas en colaboración con otras instituciones.

10. Peticiones de acceso a los fondos museísticos y documentales efectuadas por los investigadores que han sido contestadas en plazo y porcentaje sobre el total.

11. Peticiones de asesoramiento recibidas en el Museo por parte de otras instituciones.

12. Quejas presentadas y sugerencias recibidas y atendidas en plazo.

13. Felicitaciones recibidas.

VIII.– PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS EN LA TOMA DE DECISIONES Y EN LA MEJORA DE LOS SERVICIOS.

Los ciudadanos podrán participar personalmente o a través de sus órganos de representación y participación en la toma de decisiones y en la mejora de los servicios mediante:

1. Los escritos remitidos a la Dirección del Museo, o a las instancias de las que depende.

2. Las Asociaciones de Amigos del Museo.

3. Formulando sugerencias y quejas que consideren oportunas, conforme a lo previsto en esta Carta de Servicios.

IX.– INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.

El Museo con la ayuda de todos, se ocupa de la protección de todos los bienes y personas que componen la institución. Esta protección se organiza en torno a varios supuestos de riesgo:

– Actos antisociales (robo, daños en las piezas, etc.).

– Incendios y otro tipo de siniestros (inundaciones, etc.).

– Plan de Evacuación y Emergencia y Salud laboral.

– Control ambiental en las salas de exposición del Museo.

X.– ÓRGANO RESPONSABLE DE LA CARTA.

Consejería de Cultura y Turismo.

Dirección General de Promoción e Instituciones Culturales.

Servicio de Museos.

Plaza de Santa Brígida, s/n.

47071 – VALLADOLID.

Teléfono: 983 411 672.

serviciomuseos@jcyl.es

Nota final: puesto que esta web no tiene carácter oficial, todos los datos y servicios comunicados por ella deben ser contrastados en las dependencias del museo, que en absoluto es responsable de los contenidos divulgados en esta página.